Le joda a quien le joda
No voy a escribir mucho. Con referencia a la campaña (polémica para algunos) de la Conferencia Episcopal, en que de alguna manera trae a comparación la vida humana con la protección del lince, dice el artículo 8, punto 1, del Decreto 148/1992, de 9 de Junio, del Departamento de Medio Ambiente y Hábitat de la Generalitat de Calatunya:
“De acuerdo con la Ley de protección de los animales, las infracciones a lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 4 se clasifican en leves, graves y muy graves. Se consideran graves las infracciones que afectan a las especies muy sensibles y leves las que afectan a las especies restantes. En cualquier caso, la infracción que conlleve la muerte de embriones, pollos, crías y ejemplares adultos, considerando como adultos los animales plenamente formados con independencia de su madurez sexual, será considerada como muy grave”.
¿Se entiende que se sancione dar muerte a embriones de especies protegidas y se facilite la muerte de embriones de nuestra propia especie? Claro, ¡es que el ser humano no está en peligro de extinción!
Me da a mí que alguna base tiene la campaña episcopal. Vamos, digo yo.
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